¿Quién es el funcionario municipal involucrado en un intento de desalojo irregular?

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La concejala Belén Maldonado presentó una minuta ante la Junta Municipal de Luque solicitando al Ejecutivo la apertura de un sumario administrativo y la separación del cargo de un funcionario, supuestamente involucrado en un intento de desalojo arbitrario en una propiedad privada de Luque. Sepa de quién se trata y qué dice la minuta.

De acuerdo con la nota dirigida al presidente de la Junta Municipal de Luque, Enrique Quintana Galeano, la edil pidió tratar el tema con carácter de “urgente sobre tablas”, alegando presunto mal desempeño de funciones y participación en actos ilícitos en el ámbito privado.

Según la minuta, presentada en la sesión del martes 12 de mayo, el pedido apunta específicamente al funcionario municipal Pedro Pablo Paredes Martínez, de quien se menciona que habría intervenido activamente en un procedimiento irregular en una propiedad privada, sin contar —supuestamente— con una orden judicial competente.

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En los fundamentos, Maldonado sostiene que tuvo acceso a materiales audiovisuales que evidenciarían la participación del funcionario en un intento de desalojo arbitrario, excediendo las atribuciones municipales y utilizando su investidura para fines ajenos al servicio público.

La concejal argumenta además que la Municipalidad de Luque no posee facultades jurisdiccionales para ejecutar desalojos en propiedades privadas sin el debido proceso legal y una resolución emanada de la Justicia.

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La minuta cita varios artículos de la Constitución Nacional y de la Ley de la Función Pública. Entre ellos, el artículo 106 de la Carta Magna, que establece la responsabilidad personal de los funcionarios públicos por transgresiones o delitos cometidos en ejercicio de sus funciones.

También menciona el artículo 109, referente a la propiedad privada, y el artículo 34, que garantiza la inviolabilidad del domicilio, señalando que ningún allanamiento o clausura puede realizarse sin orden judicial.

Asimismo, se hace referencia a la Ley N.º 1626/00 “De la Función Pública”, específicamente a obligaciones relacionadas con la conducta ética, la probidad administrativa y la denuncia de irregularidades.

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En el petitorio, la edil solicita:

* Remitir formalmente el pedido al intendente Carlos Echeverría para la apertura de un sumario administrativo.

* Que el Ejecutivo informe en un plazo de 72 horas sobre la situación del funcionario y las medidas adoptadas.

* Remitir copia de los antecedentes al Ministerio Público ante la posible comisión de los hechos punibles de usurpación de funciones públicas y coacción.

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El caso genera nuevamente debate sobre los límites de actuación de funcionarios municipales en conflictos relacionados con propiedades privadas y eventuales abusos de autoridad.

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