Hijo de OGD fue condenado a tres años y medio de cárcel en un tercer juicio por enriquecimiento ilícito

Spread the love

El exconcejal de Luque Óscar Rubén González Chaves, hijo del fallecido senador Oscar González Daher (OGD), fue condenado este jueves por enriquecimiento ilícito, en el tercer juicio oral realizado para determinar la pena que deberá cumplir. La Fiscalía había solicitado cuatro años de prisión. El Tribunal también dispuso que continúe bajo arresto domiciliario en una propiedad ubicada en el barrio Maca’í.

Tiempo de lectura: 4 minutos

Un Tribunal de Sentencia condenó este jueves 1 de octubre a Óscar Rubén González Chaves, exconcejal de Luque e hijo del fallecido exsenador colorado Óscar González Daher (OGD), a tres años y seis meses de prisión por enriquecimiento ilícito, en el marco del caso conocido como “Príncipe de Savoia”.

El colegiado estuvo presidido por la jueza Lourdes Garcete e integrado por los magistrados Juan Vicente Fretes y Celia Salinas. La decisión fue adoptada por unanimidad, tras la presentación de los alegatos finales y la deliberación correspondiente.

Luz Guerrero y Francisco Cabrera, fiscales acusadores en la condena al hijo de OGD / Foto: ABC Color.

El Ministerio Público, representado por los fiscales Francisco Cabrera y Luz Guerrero, había solicitado cuatro años de cárcel. Por su parte, el abogado defensor Claudio Lovera pidió una pena de un año de prisión con suspensión de la ejecución de la condena. Finalmente, el Tribunal fijó la sanción en tres años y seis meses.

Además, dispuso que González Chaves continúe bajo arresto domiciliario en un establecimiento ubicado en el barrio Maca’í de Luque, en cumplimiento de lo resuelto previamente por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

Espacio Publicitario

Jueza destacó su condición de funcionario público

Durante la lectura del fallo, la presidenta del Tribunal, Lourdes Garcete, señaló que la condición de funcionario público constituye un elemento relevante para determinar la responsabilidad penal por enriquecimiento ilícito.

La magistrada también remarcó que González Chaves había ejercido un cargo de representación popular como concejal municipal de Luque, por lo que estaba sujeto a una exigencia especial de integridad en el desempeño de sus funciones.

Según los fundamentos expuestos por la jueza, el incremento patrimonial injustificado comprobado en la causa proyecta un mensaje negativo hacia la ciudadanía y afecta la moral institucional.

Espacio Publicitario

Más de G. 29.000 millones de patrimonio injustificado

Durante los alegatos, los fiscales señalaron que el exconcejal registró movimientos y derechos sobre fondos depositados en cuentas bancarias, individuales y conjuntas, cuyo monto considerado ilícito superó los G. 29.000 millones.

La Fiscalía sostuvo que esos recursos excedían su capacidad económica legítima y solicitó una pena de cuatro años de prisión. La defensa, por su parte, cuestionó los criterios utilizados para medir la sanción y pidió que se aplicara la pena mínima prevista para el hecho punible.

Espacio Publicitario

Tres juicios y cambios en las condenas

El proceso judicial atravesó varias etapas antes de llegar a la sentencia de este jueves. Tras varios días de audiencia, esta mañana se realizaron los alegatos finales de las partes ante el Tribunal de Sentencia.

Espacio Publicitario

En el primer juicio, año 2021, González Chaves fue condenado a ocho años de cárcel por enriquecimiento ilícito, lavado de dinero y declaración falsa. Posteriormente, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la responsabilidad por enriquecimiento ilícito y dispuso un nuevo juzgamiento.

Segundo juicio, 2024: El Tribunal de Sentencia excluyó el delito de declaración falsa y le impuso una pena de cinco años y seis meses de prisión.

Decisión de la Corte, julio de 2026: La Sala Penal declaró prescripta la acción penal por lavado de dinero y ordenó un tercer juicio oral para determinar la pena correspondiente exclusivamente al enriquecimiento ilícito.

Tercer juicio, octubre de 2026: El Tribunal presidido por Lourdes Garcete e integrado por Juan Vicente Fretes y Celia Salinas fijó la condena en tres años y seis meses de prisión.

El nuevo juzgamiento se limitó a la determinación de la pena por enriquecimiento ilícito, cuya responsabilidad ya había sido establecida en el proceso anterior. La prescripción del delito de lavado de dinero y la exclusión de la declaración falsa modificaron el alcance penal de la causa.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *