Mientras el fútbol acapara la atención dominical, en Luque se libra otro partido clave: el de la transparencia. La Municipalidad intenta frenar, en los tribunales, un amparo que podría obligar al intendente Carlos Echeverría a rendir cuentas en audiencia pública, mientras la Contraloría Ciudadana de Luque (CCL) confía en un fallo favorable basado en precedentes recientes.
LUQUE (Redacción) – La disputa judicial entró en una etapa decisiva luego de que la Dirección Jurídica de la Comuna, encabezada por el abogado Raúl Salinas, solicitara al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial —a cargo del juez Augusto Pane Núñez— el rechazo del amparo constitucional promovido por la CCL.
La jugada de la Municipalidad
A través de un escrito de seis páginas presentado el pasado 27 de abril, la Intendencia argumenta que la acción es improcedente por varias razones:
- Sostiene que no se agotaron previamente las vías administrativas.
- Afirma que la información pública ya se encuentra disponible en su portal institucional.
- Califica el amparo como un “uso abusivo” con fines políticos.
- Señala que el reclamo debería tramitarse por la vía ordinaria, y no mediante una acción de urgencia.
El objetivo de la presentación es frenar la convocatoria a la audiencia pública de rendición de cuentas, una obligación legal que, según la CCL, no fue cumplida en lo que va del año.


La respuesta ciudadana
Desde la Contraloría Ciudadana de Luque, la postura es clara: el amparo es la vía correcta. Así lo afirmó la abogada Mirian Franco, coordinadora de la organización, quien recordó que ya existe un antecedente judicial reciente.
“El año pasado intentaron el mismo argumento y fue rechazado. La Justicia confirmó que el amparo es la vía idónea y obligó a realizar la audiencia pública”, señaló.

Franco explicó que el pedido se sustenta en tres pilares legales:
- Ley 5.590, que obliga a los municipios a rendir cuentas en la primera quincena de febrero.
- Ordenanza Municipal vigente, que establece la audiencia pública como mecanismo de transparencia.
- Artículo 28 de la Constitución Nacional, que garantiza el acceso a información pública.

Etapa clave: producción de pruebas
Actualmente, el juez Pane Núñez abrió la causa a prueba por un plazo de tres días, iniciado el miércoles 29 de abril. Durante este periodo se diligencian documentos clave, entre ellos:
- Actas de la Junta Municipal, donde constan reclamos de concejales —como Belén Maldonado— por el presunto incumplimiento del Ejecutivo.
- Copia de la ordenanza que reglamenta las audiencias públicas en el municipio.

Cuenta regresiva para el fallo
El periodo probatorio se extendería hasta este lunes 4 de mayo, teniendo en cuenta el largo fin de semana. Posteriormente, se espera que el magistrado dicte sentencia en el transcurso de la semana.
“Confiamos en la Justicia. Las leyes y la Constitución respaldan nuestro pedido. Esperamos un fallo que garantice la participación ciudadana y el acceso a la información”, concluyó Franco.
La resolución definirá si el intendente Carlos Echeverría deberá, por segundo año consecutivo, someterse a una audiencia pública para explicar el uso de los recursos municipales.