Mafia de los pagarés: Justicia anula proceso ejecutivo de casi una década por graves irregularidades

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En un fallo que expone las falencias del sistema, el Juzgado de Luque revocó resoluciones anteriores que mantenían embargos sobre una ciudadana. La decisión ordena retrotraer el juicio a su estado de 2015, invalidando años de procedimientos viciados.

En una resolución que devuelve el rigor procesal al ámbito civil, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno de Luque, bajo la firma del magistrado Alexis Vallejos, dictó el Auto Interlocutorio (A.I.) Nº 165. Mediante este fallo, la justicia hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la señora Zila Zárate Ávila, quien fue víctima de un proceso ejecutivo plagado de irregularidades durante más de nueve años.

​Apelación ganada y retroceso a 2015

​Si bien la resolución decidió rechazar formalmente el recurso de nulidad, su impacto real reside en que admitió el recurso de apelación, lo que anula de forma directa los efectos de los embargos y resoluciones previas que asfixiaban económicamente a la afectada.

​La justicia fue tajante: ordenó que el proceso regrese al estado en que se encontraba el 24 de febrero de 2015. Esta decisión invalida automáticamente casi una década de procedimientos administrativos y judiciales considerados irregulares, liberando a la ciudadana de una carga judicial sostenida sobre bases falsas.

Resolución del juez Alexis Vallejos.
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La farsa de las «calles paralelas» y la indefensión

​Lo más escandaloso del caso, que quedó plasmado en el cuerpo de la resolución, es la comprobación de que los auxiliares de justicia (ujieres) falsearon las notificaciones. Según el expediente, se afirmó haber notificado a la afectada en una supuesta intersección entre las calles «Camboriú y José Concepción Ortiz», en el barrio Julio Correa de Luque.

​Sin embargo, mediante el análisis judicial se determinó que dichas calles son paralelas, por lo que físicamente es imposible que se intercepten. Esta «falta de conexión material» demostró que Zárate Ávila nunca tuvo conocimiento real del juicio, vulnerando su derecho constitucional a la defensa y la bilateralidad.

Se detectaron discrepancias significativas en la grafía de las firmas atribuidas a la afectada en comparación con su cédula de identidad.

Hechos de suma gravedad

​1- Falta de documento base: La empresa demandante, COMACO SRL, no poseía el pagaré original para sustentar la ejecución.

​2- Falsificación de firmas: Se detectaron discrepancias significativas en la grafía de las firmas atribuidas a la afectada en comparación con su cédula de identidad.

​3- Domicilio real ignorado: A pesar de que informes de Equifax confirmaban que la mujer reside en la zona de Cañada Garay desde 2011, el Juzgado de Paz de Luque ignoró estos datos durante años.

Zila Zárate en su domicilio en barrio Finca, Cañada Garay

Antecedentes del caso

​El conflicto jurídico se remonta al año 2015, cuando se inició una acción ejecutiva por una supuesta deuda de 4.711.683 guaraníes basada en un pagaré vencido en 2014. Durante años, el Juzgado de Paz de Luque llevó adelante el proceso considerando válidas las notificaciones en el domicilio denunciado por la parte actora.

​A pesar de que Zila Zárate Ávila presentó un incidente de nulidad de actuaciones alegando que siempre residió en la zona de Cañada Garay —extremo confirmado por informes de Equifax que datan de 2011—, sus reclamos fueron rechazados inicialmente en la instancia inferior.

​Finalmente, la nueva resolución de la justicia de Luque subraya que el derecho a la defensa y la bilateralidad son garantías constitucionales que no pueden ser ignoradas por errores de los oficiales de justicia, restableciendo así el orden jurídico en un caso marcado por la desprolijidad administrativa.

El fallo del juez Vallejos anulan los procedimientos judiciales anteriores que obligaban a Zárate Ávila pagar la supuesta deuda inicial que, con los intereses, honorarios profesionales y otros gastos, trepaba a casi 30 millones de guaraníes.

​​Este caso no es aislado y se suma a la lucha de la Coordinadora de Víctimas de la «Mafia de los Pagarés», quienes el lunes 13 de abril presentaron un urgimiento e intimación ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en Asunción. Entre otros pedidos, exigieron el cese inmediato de los embargos en todos los juzgados de Paz intervenidos.

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